lunes, 7 de diciembre de 2020

Venta de Valles, de sierra para allá.



      Presento hoy un
Documento, que nos ayuda a conocer un poco mas a nuestro pueblo, Garbayuela.

     Antes quiero explicar, muy someramente, sin entrar en profundidades de lo que muchas veces hemos oído hablar: La Desamortización.

     Existieron varias, a lo largo de nuestra historia.

     ¿ Que es y en que consiste ?

     En palabras del jurista Francisco Tomás y Valiente, la Desamortización española tuvo " las características siguientes: apropiación, por parte del Estado y por decisión unilateral suya, de bienes inmuebles pertenecientes a "manos muertas", ( bienes de la Iglesia Católica y de las Órdenes religiosas que estaban bajo la protección de la Monarquía hispánica, y que ni Obispos, Abades y Priores podían enajenarlos.), venta de los mismos y asignación del importe obtenido con las ventas, a la amortización de los títulos de la deuda."

     También los Bienes de propios, de algunos Ayuntamientos, que eran las tierras que mas rentas les producían.

     Para entendernos, el Estado, para financiarse, lo que hace es crear una clase media de labradores que fuesen propietarios de las parcelas que trabajaban y, de esta manera, a través de impuestos, el Estado recaudaba mas y así se autofinanciaba.

     Y este es nuestro caso. El documento, que se halla en el Archivo municipal de

Garbayuela, vaya desde aquí mi agradecimiento al Ayuntamiento, personado en su Alcalde, José Manuel Romero, por las facilidades que puso a mi disposición, para que buceara entre los legajos que conforman una parte importante de la historia de nuestro pueblo.

     A raíz de publicarse la Ley Madoz o Ley General de Desamortización, el dia 1 de mayo

del año 1855, un serie de vecinos de Garbayuela, Santi-Spíritu y Fuenlabrada, formalizaron una Sociedad con el objeto de comprar las tierras denominadas: Valles, de sierra para allá.

     Estas tierras eran "bienes de propio" del Ayuntamiento de Garbayuela, que entonces estaban arrendadas mancomunadamente a distintos vecinos.

     En el año 1866 se hace la venta y remate, por parte del Estado.

     Se divide en 134 partes y se adjudican a cada componente de la Sociedad la parte o partes que se ha comprometido.

     La Sociedad toma el acuerdo de dividir por lotes esas 134 partes, agrupándose varios vecinos para cada lote.

     El dia 12 de octubre del año 1879, " reunidos pacíficamente" :

     Se hacen 6 lotes y se les asigna un número a cada lote. Quedando así:

        1.- Collado del burro hasta el rio.

        2.- Fuente Blanca- rio- Puerto de la Corchada.

        3.- Del Caramillo.

        4.- Del Zamorano.

       5.- De la Navecilla.

       6.- De los Ravanales.

     Se hacen 6 papeletas y se sortean. El resultado está en el escrito a continuación.



A continuación transcribo literalmente el acuerdo tomado y el sorteo realizado


Portada del expediente


Provincia de Badajoz

Villa de Garbayuela

Año de 1879.

Expediente de partición del terreno llamado

Valles, de Sierras para allá, en término juris-

diccional de esta Villa, vendida por el Estado

y rematado por Manuel y Donato Blazquez

en el año de 1866, entre los sugetos a quienes

hoy pertenece con arreglo a las suertes

o partes que a cada uno respectan.





Partición y adjudicación de los Valles de Sierras para allá, rematados por Don Manuel y Don Donato Blázquez en el año 1866, entre los que hoy son dueños de ellos, por convenio mutuo de todos.-


     En la Villa de Garbayuela a doce de Octubre de mil ochocientos setenta y nueve, reunidos en la Casa Consistorial particular y pacíficamente, previo permiso del Sr. Alcalde, nosotros Juan Muñoz Camacho, como dueño de dos partes de las ciento treinta y cuatro de que se compone el terreno nombrado Valles, de Sierra para allá, en este término municipal, vendido por el Estado con arreglo a la Ley de Desamortización de primero de mayo de mil ochocientos cincuenta y cinco e instrucción de treinta y uno de dichos mes y año, como procedente de los Propios de este pueblo, y rematado por Don Manuel y Don Donato Blázquez en el año de mil ochocientos sesenta y seis, para la Sociedad de vecinos que previamente se formó en obligación escrita privadamente; 

      Juan Antonio Madroñero como dueño de otras dos partes; Luciano y Pedro Grano de Oro como dueño de otras dos partes; Esteban Alcobendas, de parte y media; Rafaela Agenjo, de parte y media: Quintín Fuentes, de una parte; Pedro Camacho, de una; ; Jacinto Milara, de una parte; Ruperto Millán, por si de media parte; viuda de Bonifacio Lázaro, de otra media parte; Juan José Díez López, de una parte; Cipriano Cendrero, de parte y media; Severo Madroñero, de media parte; Alfonso Madroñero, de una parte; Eustaquio Milara, de una parte; Miguel Orellana, de media parte; Miguel Prieto, de media parte; Don Andrés Díez-Madroñero, de tres partes; Juan Gómez Serrano, de una parte; Benito Camacho, de una parte; Don Dionisio Bermudez de Castro, como dueño de veintiseis partes y en representación de Don Tomás Ruiz, como dueño de otra parte; Bartolomé Pacha, de una parte; José Cabello, de una parte; Donato Blázquez, como dueño de trece partes y media; dueño de dos partes y media y en representación de Andrés Yusgre, dueño de dos partes y de Pablo Yegros, dueño de otras dos; Matías Gómez Gómez, como dueño de una parte; Agustín Gómez, de otra; Calisto y Blas Camacho, de otra; Marcelina Camacho, de una parte; Aquilino Rayo, de una parte; Herederos de José Agudo, de otra; Juan Ramos, de parte y media; Elías Madrid, de media parte; Felipe Reboto, de una parte; Silvestre Agudo, de dos partes; Celedonio Pacha, de dos partes; Angel Pacha Millán, de una parte; Juan de Dios Villarejo, de una parte; Don Esmaragdo Reboto, de una parte; Leoncio Blázquez, de tres partes; Serapio Cendrero, de una parte; Juan Reboto, de dos partes y media; Jorge Agudo, de tres, partes; Gabino Agenjo, de parte y media; María Molina, de una parte; Francisco Gómez, de una parte; Blas Ramírez, de una parte; Telesfóro Camacho, de otra; Angel Pacha Lázaro, de parte y media; Martín Lázaro, de dos partes; Julián Alcobendas, de media parte; Damián Ortega, de una parte; Juan Ortega, de otra; Pedro Regalado Blázquez, de otra, Asterio Milara, de otra, Marcelino Ramso, de otra; Esteban Babiano, de otra; Ignacio Gómez, de otra; José Milara Babiano, de otra; Juan Millán, de otra; Angel Cendrero, de otra; Bernabé, de otra; Saturnino Agenjo, de otra; Mariano Gómez Serrano, de otra; Anselmo Trenado, de otra; y Gregorio Cendrero, de otra. 

   Todos mayores de edad, provistos de las correspondientes cédulas personales de empadronamiento y vecinos de esta Villa, de la de Santi-Spíritus y de Fuenlabrada respectivamente, reunidos con el objeto de dividir el expresado terreno, que hasta aquí ha venido mancomunado y adjudicar a cada uno las porciones que le respectan, en cumplimiento del acuerdo tomado por esta Sociedad en cinco de Febrero de mil ochocientos sesenta y siete, bajo del que llevó a efecto la División y adjudicación de la Media Dehesa comprada en el propio año para esta misma Sociedad por Juan Muñoz Camacho, Juan Reboto y Pedro Grano de Oro y la Sierra y Solana de dicha Dehesa correspondientes a estos Valles de los cuales se segregaron al verificarse aquella partición y adjudicación. Y enterados todos los concurrentes, después de disentir la manera mas conveniente y equitativa de hacer esta división de los Valles, por mutua conformidad convenimos----------------

Primero.- En que la división y adjudicación se haga por lotes, dividiendo el terrero en seis de esta forma:

El primero, denominado Collado del Burro, compuesto de veintidós suertes o partes iguales proindivisas, que se deslinda del siguiente lote que se expresará, por la corriente del rio Guadalemar

El segundo se llama de la Fuente Blanca, que consta de veintidós Suertes o partes iguales proindivisas, llega desde la corriente del rio Guadalemar al puerto de la Corchada, en donde se ha colocado un Hito o Mojón; desde el cual va a parar a otro que hay por bajo de la puerta de Manuel Gómez, en una chaparra; desde este va a parar a otro que hay en la cuerda del Doradillo; y este desalindará con otro que hay en el Valle de Robledosa en una chaparra.

El tercer lote, llamado del Caramillo, consta de veintidós suertes o partes iguales proindivisas y se deslinda con el Peñón del Collado de la Breñuela mirando al Hoyón desde donde va a parar al peñón bajero de Valperdío en donde hay, o, sirve de mojón, dicho peñón, desde el cual va a parar a otro Mojón que hay en el Collado de Robledosa en una quegiga.

El Cuarto lote, llamado del Zamorano, consta de veintidós suertes o partes, proindivisas el cual dará una colada de veinticinco varas la vereda abajo hasta Valperdío, desde el Puerto del Zamorano, u otra colada de igual anchura desde el propio puerto todo el camino adelante hasta el Collado del Lote de la Navecilla

El quinto lote llamado de la Navecilla, consta de veintidós suertes o partes iguales proindivisas, y se deslinda con los dos alcornoques que hay en lo mas alto de la lastra, desde donde va a parar al Collado de la Navecilla, desde este punto a la Cuerda del Doradillo y desde este punto va a parar a donde cae el charco de las neas de Balmayor en donde termina en una Chaparra.

El lote sexto, llamado de los Ravanales, consta de veinticuatro partes o suertes iguales proindivisas, sin contar la Fuente y el Terreno que la circunda de noventa varas como necesaria para abrevar los ganados de los dueños de los valles objeto de esta partición y de las Suertes de la Sierra y Solana, cuyo derecho se les dejó libre en aquel acuerdo de cinco de Febrero de mil ochocientos setenta y siete y se les deja ahora de nuevo en esta partición, pasando a usar de él por las coladas y caminos que entonces se señalaron y por las designadas en las Escrituras de compra hechas por el Estado a los Rematantes, Manuel y Donato Blázquez, que se dejan subsistentes, y se deslindará del lado allá del Berete al Hito o Mojón que hay en la junta del Camino de Fuenlabrada con el que va a los Ravanales; desde este mojón va a parar a otro puesto en Morro Escudero en un Collado; y desde este va a parar a otro que hay donde estrecha el Valle en una Torbisca, en donde terminan.


Segundo.- los mismos en seis partes iguales y se adjudica Que no yendo comprendido en los seis anteriores lotes del Terrenos de tierra blanca de la corchada se han dividido en terreno que comprenden los mismos en seis partes iguales y se adjudican a cada uno de aquellos lotes cada una de estas seis partes en esta forma: La que linda con la Huerta de Celedonio Pacha, se adjudica al lote del Collado del Burro; la siguiente al lote de la Fuente Blanca; la siguiente al lote del Caramillo; la siguiente, al lote del Zamorano; la siguiente, al lote de la Navecilla; y la última que termina en la Huerta de Bartolomé Pacha, se adjudica al lote de los Ravanales.


Tercero.- Que en esta partición no va comprendido ninguno de los pedazos del Terreno exceptuados de la venta por el Estado en las Escrituras otorgadas a favor de los Rematantes, Manuel y Donato Blázquez, y sí sobre la excepción de alguna parte o pedazo o pertenencia del mismo se suscitare alguna cuestión o demanda, el sostenerla o refutarla será de la exclusiva cuenta de los dueños a quienes toque el lote en que ocurra la contienda, sin que los dueños de los demás lotes tengan derecho a recibir ninguna parte del terreno, si se ganase, pues los expresados del indicado lote, ni obligación de indemnizar a estos de nada absolutamente si perdiesen la demanda o cuestión.


Tercero.- Que ningún socio podrá pedir de agravio porque tenga cualquier lote terreno para mas suertes o partes que las que les quedan señaladas, pues desde ahora renuncian para siempre cuantos derechos les asistan y las leyes que les favorezcan haciéndose mutua y recíprocamente donación perfecta e irrevocable con insinuación y demás firmezas.


Cuarto.- Que la labor preparada para empezar en la presente sementera en el Marco de Hoja señalado por la Sociedad de antemano se sembrará por los que la tienen preparada pagando a los dueños a quien toquen los lotes de dicha hoja la mitad de los veinticinco duros en que fué ajustada, y la otra mitad a la Sociedad en general.


Quinto.- Que las labores preparadas fuera del marco de hoja por individuos de esta Sociedad en los Valles, pagaran por cada fanega una cantidad proporcionada a la del marco de hoja a los dueños a quienes toque el lote en que radique y a la sociedad en general en la forma antes explicada; mas las labores hechas fuera del marco de la hoja por individuos ajenos a esta Sociedad, será potestativo de los dueños del lote en que se encuentren el dejarlos de sembrarlas o no y de concertar con ellos la renta que han de abonar, que será para ellos exclusivamente.


Sesto.- Que los seis lotes en que quedan divididos los Valles en la forma y con las condiciones expuestas se han de sortear entre los dueños relacionados, en seis papeletas, comprenderan cinco de ellas veintidós partes o suertes enteras y la otra veinticuatro a cuyo fin de la propia mutua conformidad convenimos en entrar en cada papeleta para jugar la suerte de los lotes, los individuos que figuran



1ª Papeleta Número de suertes o partes de cada socio


Juan Muñoz Camacho, con----------------------- 2

Juan Antonio Madroñero, con-------------------- 2

Luciano y Pedro Grano de Oro, con------------- 2

Esteban Alcobendas, con-------------------------- 1 y media

Rafaela Agenjo, con-------------------------------- 1 y media

Quintín Fuentes, con------------------------------- 1

Pedro Muñoz Camacho, con---------------------- 1

Jacinto Milara, con--------------------------------- 1

Ruperto Millan, con-------------------------------- media

Viuda de Bonifacio Lázaro, con------------------ media

Juan José Díez López, con------------------------ 1

Cipriano Cendrero, con --------------------------- 1 y media

Severo Madroñero, con---------------------------- media

Alfonso Madroñero, con--------------------------- 1

Eustaquio Milara, con------------------------------ 1

Miguel Orellana y Miguel Prieto, con----------- 1

Don Andrés Díez Madroñero, con--------------- 3

Juan Gómez serrano, con ------------------------- 1

Benito Camacho, con------------------------------ 1

Total............. 24

2ª Papeleta


Don Dionisio Bermudez de Castro, con--------- 22

Total............ 22

3ª Papeleta


Don Donato Blázquez, con---------------------- 13 y media

Plácido y Domingo Rodriguez, con------------ media

Fernando Cendrero, con------------------------- 1

Don Dionisio Bermudez de Castro, con------- 4

Don Tomás ----------------------------------- 1

Bartolomé Pacha, con---------------------------- 1

José Cabello, con--------------------------------- 1

Total.............. 22

4ª Papeleta


José Cardeñosa, con----------------------------- 2

Mariano Camacho, con------------------------- 3

Claudio Agudo, con----------------------------- 1

María Lázaro, con------------------------------- 1

Baldomero Gómez, con------------------------- 1

Pedro Milara Illescas, con---------------------- 1

Eusebio Cruz, con------------------------------- 1

Andrés Yusre, con------------------------------- 2

Manuel Yegros, con----------------------------- 2 y media

Pablo Yegros, con------------------------------- 2

Matías Gómez, con----------------------------- 1

Agustín Gómez, con---------------------------- 1

Calixto y Blas Camacho, con----------------- 1

Marcelina Camacho, con---------------------- media

Aquilino Rayo, con----------------------------- 1

Herederos de José Agudo, con---------------- 1

total............... 22

5ª Papeleta


Juan Ramos, con ------------------------------- 1 y media

Elias Madrid, con ------------------------------ media

Celedonio Pacha, con-------------------------- 2

Angel Pacha Millan, con----------------------- 1

Juan de Dios Villarejo, con------------------- 1

Don Esmaragdo Reboto, con------------------ 1

Damián Ortega, con---------------------------- 1

Leonardo Blazquez, con----------------------- 3

Serapio Cendrero, con------------------------- 1

Juan Reboto, con------------------------------- 1

Felipe Reboto, con----------------------------- 1

Silvestre Agudo, con-------------------------- 2

Julián Alcobendas, con----------------------- media

Jorge Agudo,con------------------------------ 3

Mariano Agenjo, con------------------------- 1 y media

María Molina, con---------------------------- 1

Total................ 22

6ª Papeleta


Francisco Gomez, con------------------------ 1

Blas Ramirez, con----------------------------- 1

Telesforo Camacho, con--------------------- 1

Angel Pacha Lázaro, con-------------------- 1 y media

Martín Lázaro, con--------------------------- 2

Blas Ortega, con------------------------------ 1

Pedro Regalado Blázquez, con------------- 1

Asterio Milara, con--------------------------- 1

Marcelino Ramos, con----------------------- 1

Esteban Babiano, con------------------------ 1

Ignacia Gomez, con-------------------------- 1

José Milara Babiano, con-------------------- 1

Juan Millan, con ----------------------------- 1

Angel Cendrero, con------------------------- 1

Bernabé Gómez, con------------------------- 1

Saturnino Agenjo, con----------------------- 1

Mariano Gómez Serrano, con-------------- 1

Juan Reboto, con----------------------------- 1 y media

Anselmo Trenado, con---------------------- 1

Gregorio Cendrero, con--------------------- 1

Total...............22



Setimo.- Que el lote que toque a cada papeleta, queda en propiedad desde hoy para siempre jamás a favor de los individuos en ella relacionados en proporción a las partes o suertes a cada uno figuradas en la misma, quedando también, por ahora, proindivisas, hasta tanto que los referidos individuos de cada papeleta acuerden partirlo el lote como mejor crean oportuno sin intervención en nada ni para nada de los demás individuos dueños de los otros lotes.


OCTAVO.- Y por último: Que si a la papeleta primera que contiene veinticuatro suertes o partes, tocare otro lote distinto del de los Ravanales que es el único que tiene veinticuatro suertes, entonces se cercenarán dos suertes de dicho lote graduadas por su valor apegadas al lote de la Navecilla a el cual quedarán desde luego agregadas, cercenándose de este de igual forma otras dos suertes apegadas al lote del Zamorano que se agregarán a este continuándose así esta operación en los demás lotes hast venir a el que le haya tocado la papeleta número primero, para que todas ellas queden completas.


En cuya forma y bajo cuyas condiciones se procedió al sorteo en público ante todos los interesados de los seis lotes entre las seis papeletas, dando por resultado:


Que el lote de los Ravanales tocó, a los individuos Francisco González y compañeros conprendidos en la papeleta número seis.

El lote de la Navecilla a Donato Blázquez y conpañeros, comprendidos en la papeleta número tercera.

El lote del Zamorano a Juan Muñoz Camacho y compañeros, comprendidos en la papeleta número primera.

El lote del Caramillo, a Don Dionisio Bermudez de Castro, comprendido en la papeleta número segunda.

El lote de la Fuente Blanca, a José Cardeñosa y compañeros, comprendidos en la papeleta número cuatro.

Y el lote del Collado del Burro, a Juan Ramos y compañeros, comprendidos en la papeleta número cinco.


En cuya forma se terminó el sorteo que protestamos haber practicado, bien fielmente y con la mayor legalidad, y en su consecuencia, habiendo tocado a los individuos de la papeleta primera que comprende veinticuatro partes o suertes el lote del Zamorano, que solo tiene veintidós, las dos suertes que faltan se le darán a este lote por Donato Blázquez y compañeros agregadas al mismo del lote de la Navecilla que contiene otras veintidós, graduándolas al valor igual o mas aproximadamente que se pueda con arreglo al que tenga este lote; y dándose en igual forma y modo Don Donato Blázquez y compañeros apegadas al quinto lote de la Navecilla las dos suertes que sobran del lote de los Ravanales, por haber tocado este que contiene



 veinticuatro suertes a los individuos de la papeleta número seis que solo comprende veintidós, quedando de este completamente pagado todo los interesados en esta partición las cuales aprobamos y satisfacemos la misma, obligándonos con nuestros bienes habidos y y por haber a no reclamar jamás contra ella y a tenerla siempre por firme y valedera, con renuncia de las leyes y derechos que nos puedan ser favorables, y ademas a elevar a instrumento público siempre que cualquiera interesado `por ser necesario le exija este documento privado que queremos que en el entretanto surta los mismos efectos legales que la mas solemne escritura pública; y lo firmamos los que sabemos, señalandolo el que no a nuestra costumbre en la referida villa de Garbayuela a doce de Octubre de mil ochocientos setenta y nueve.

Último folio del acuerdo



A continuación van las firmas o señales.


Justo Para Agenjo


Bibliografía: Archivo Municipal de Garbayuela

                     " El marco político de la desamortización en España" (Francisco Tomás y Valiente.) (Barcelona 1972)

                     

2 comentarios:

  1. Hace unos días estuve indagando en el origen y el por qué de los valles y de Don Ramón Bermúdez de Castro. Y mira por donde me informa Justo gratuitamente. Muchas gracias Justo

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    1. De nada Luis. El conocimiento del pasado nos hace mas fácil la comprensión y el porqué del presente.

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